Maxima Autoridad Aeronautica Internacional

DGAC

Dirección General de Aeronáutica Civil
La Dirección General de Aeronáutica Civil se asegura que el transporte aéreo participe en el proceso de crecimiento sostenido y sustentable, que contribuya al bienestar social, al desarrollo regional y a la generación de empleos, apoyando la conformación de una sociedad mejor integrada y comunicada.

Historia

La aeronáutica civil en México data desde 1919, cuando la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (SCOP) recibió una solicitud de Elías Manges López sobre servicio aéreo para transportar periódico entre la capital del país y las ciudades de Puebla, Pachuca y Toluca. Este hecho significó la primera exigencia de reglamentación en la transportación aérea civil, ya que hasta el momento sólo era de carácter militar.


El 20 de septiembre de 1920 se realizaron las primeras propuestas de rutas de transportación aérea. El Ing. Juan Guillermo Villasana estableció las primeras bases jurídicas, económicas y técnicas de la aviación civil mexicana. Asimismo, para el 8 de octubre del mismo año, se publicaron las “Bases para el establecimiento de las líneas aéreas de navegación de servicio público”.

Para el 1 de julio de 1928 la Oficina de Aviación Civil se convirtió en el Departamento de Aeronáutica Civil, por acuerdo de Ramón Moss, secretario de Comunicaciones y Obras Públicas.
El Departamento de Aeronáutica Civil se convirtió en Departamento de Comunicaciones Aéreas en febrero 1 de 1930. Para el 30 de junio, siendo Pascual Ortiz Rubio presidente, se publicó la Ley sobre Aeronáutica Civil.
En diciembre de 1952 se firmó un acuerdo entre el Gobierno Mexicano y la Organización de Aeronáutica Civil Internacional (OACI) denominado Convenio Internacional de Varsovia para crear, en nuestro país, el Centro Internacional de Adiestramiento de Aviación Civil.
El 23 de septiembre de 1952, por decreto de Miguel Alemán Valdés, se transformó el Departamento de Aeronáutica Civil en Dirección de Aviación Civil, lo que demuestra que el sector cobraba mayor relevancia. Para el 1 de enero de 1956, ésta se convirtió en Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), debido a la creación simultánea de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Actualmente, la Dirección General de Aeronáutica Civil sigue adscrita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Subsecretaría de Transporte.

Objetivos

• Garantizar la seguridad operacional en el sector aeronáutico.
• Dar certidumbre a la inversión, a través de un marco normativo que evite la discrecionalidad de la autoridad y promueve la equidad.
• Ampliar la cobertura de los servicios de transporte aéreo, consolidando la integración regional y promoviendo el acceso de una mayor parte de la población a estos servicios.
• Elevar la calidad de los servicios de transporte aéreo y su infraestructura hacia estándares mundiales, mejorando su eficiencia.
• Garantizar una competencia justa y equitativa en cada uno de los servicios que se presten.
• Modernizar, ampliar y conservar en buen estado la infraestructura aeroportuaria, con el fin de responder a la dinámica de la demanda y contar con una red de clase mundial.
• Mejorar la operación de la infraestructura aeroportuaria, incentivando la eficiencia, la seguridad y la calidad de los servicios en beneficio de los usuarios.
• Facilitar la interconexión de la infraestructura aeroportuaria con los otros modos de transporte, para conformar un sistema integral de transporte.
• Fortalecer la supervisión a los concesionarios aeroportuarios, privados o públicos, para garantizar rigurosos estándares de desempeño en la infraestructura aeroportuaria y en sus servicios.

Leyes Federales

1. Ley de Aeropuertos.

2. Ley de Aviación Civil.

Reglamentos

3. Reglamento de la Ley de Aeropuertos.

4. Reglamento de Escuelas Técnicas de Aeronáutica.

5. Reglamento de la Ley de Aviación Civil.

6. Reglamento de Operación de Aeronaves Civiles.

7. Reglamento de Telecomunicaciones Aeronáuticas y Radioayudas para la Navegación Aérea.

8. Reglamento de tránsito aéreo

8.1 Apéndice número 5. - Trayectorias de tránsito de carreteo y zona de control.

8.2 Apéndice número 6. - Al reglamento de tránsito aéreo en vigor.

8.3 Apéndice número 7. - Niveles de crucero

8.4 Apéndice número 8. - Plan de vuelo

8.5 Apéndice número 9. - reglamento de tránsito aéreo, reglas y procedimientos de radar.

9. Reglamento del Registro Aeronáutico Mexicano.

10. Reglamento del Servicio Meteorológico Aeronáutico.

11. Reglamento para la búsqueda, salvamento e investigación de accidentes aéreos.

12. Reglamento para la Expedición de Permisos, Licencias y Certificados de Capacidad del Personal Técnico Aeronáutico.

13. Apéndice al Reglamento de Medicina del Transporte relativo al Transporte Aéreo Civil

14. Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional